CUIDADO CON EL PLAZO PARA COBRAR

QUE NO SE TE PASE EL PLAZO PARA COBRAR

En octubre del 2015 se produjo un cambio legal, se redujo de quince a cinco años el plazo para reclamar algunas deudas, y este cambio también afecta a deudas generadas antes de esa fecha. Si tiene facturas pendientes de cobro, compruebe si este cambio le afecta. Por tanto, si su deuda nació ante de octubre del 2015 el plazo para reclamarla será en octubre del 2020.

Pero para evitar que su deuda prescriba no es imprescindible que antes del plazo de prescripción reclame judicialmente. Si lo hace de forma extrajudicial por un medio fehaciente interrumpirá el cómputo del plazo de prescripción, y éste se volverá a computar desde el inicio.

Para cualquier cantidad pendiente de pago que puedas tener con clientes o inquilinos morosos acude a los abogados de Asesoría Gerimar.

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